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Bitácora
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Nombre de la asignatura:
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Mercadotecnia Electrónica
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Nombre de la alumna:
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Rocío Del Alba Izquierdo
Elvírez
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Objetivo(s) general(es) del
curso
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Utilizar los modelos de negocios B2B, B2C, B2G, B2E y Business
Intelligence. Para implementar las tecnologías de E-Marketing aplicado en las
empresas.
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Unidad 4
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Comercio
Electrónico (E-Commerce)
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Subtemas
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4.1 Introducción al
Comercio electrónico
En los últimos años el mundo empresarial ha experimentado algunos
cambios importantes en cuanto a procesos comerciales y organización de las
empresas.
Las
oportunidades de empresas y consumidores han ido en aumento gracias a las
posibilidades de comerciar que ofrece Internet, concepto que tratamos en el
presente monográfico, centrándonos en lo que hoy en día denominamos comercio
electrónico o e-commerce.
El comercio
electrónico permite a las empresas ser más flexibles con sus operaciones
internas y dar mejor servicio a los clientes. Este fenómeno ha sido toda una
revolución tecnológica. Algunas empresas han empezado partiendo de cero a
apostar por esta nueva manera de hacer negocios. Sin embargo, la gran mayoría
son empresas de carácter tradicional, que consideran el comercio electrónico
como un aspecto complementario a su negocio, del que día a día hay que ir
aprendiendo.
4.2 Definición de Comercio
Electrónico
Existen muchas definiciones de comercio electrónico o
e-commerce, pero casi todas ellas coinciden en que se trata de cualquier
forma de transacción comercial en la que las partes interactúan
electrónicamente en lugar de por intercambio o contacto físico.
Muchas veces las definiciones dependen del punto de vista del autor y se
les da un enfoque más bien subjetivo en función de su propia experiencia en
este campo.
Por lo tanto, el término "comercio electrónico" se refiere a la
integración dentro de la empresa de herramientas basadas en tecnologías de
información y comunicación (denominadas por lo general software empresarial
con el fin de mejorar su funcionamiento y crear valor para la empresa, sus
clientes y sus socios. El comercio electrónico ya no se aplica solamente a
empresas virtuales cuyas actividades están en su totalidad basadas en la Web,
sino también a empresas tradicionales (denominadas de ladrillos y cemento).
El término comercio electrónico, de hecho sólo cubre un aspecto de los
negocios electrónicos: la utilización de un soporte electrónico para la
relación comercial entre la empresa e individuos.
4.3
Legislación Informática
El ciber consumidor mexicano está protegido cuando
realiza compras por internet. La Ley Federal de Protección al Consumidor
(LFPC) contiene disposiciones generales sobre comercio electrónico en su
capítulo VIII bis (De los derechos de los consumidores en las transacciones
efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier
otra tecnología).
Lo más cercano a una ley que puede encontrarse para
legislar dentro de los dominios del comercio electrónico es la Ley de
Derechos de Autor y dentro de sus parámetros considera al Internet únicamente
como una base de datos, esto de acuerdo con especialistas - abogados en
derecho, licenciados en administración de empresas, ingenieros en informática
y ejecutivos - tal denominación no refleja los avances que la red o
supercarretera de la información ha alcanzado en los últimos anos, razón por
la cual en nuestro país la utilización de Internet mediante comercio
electrónico no ha madurado en los negocios como se esperaba.
Diversas asociaciones como la Asociación Nacional de
Abogados de Empresa (Anade), la Asociación Mexicana de la Industria de
Tecnologías de Información (AMITI) y la Cámara Nacional de la Industria
Electrónica e Informática (Canieti), que representan al sector electrónico,
de telecomunicaciones e informática, coinciden que el avance en material
legal es prioritario para establecer la adecuación de normas legales que
regulen y garanticen la seguridad en las transacciones comerciales.
Hasta el momento varias organizaciones privadas se han
dado a la tarea de trabajar en materia legal a fin de presentar iniciativas
de ley claras y especificas sobre este tema. Existe consenso por parte de
estos grupos, quienes afirman que la falta de leyes inhibe el desarrollo y
evolución de la red en materia de negocios.
4.3.1 Legislación del
comercio electrónico
Las autoridades de protección al consumidor alrededor del mundo han
desarrollado una serie de lineamientos que buscan otorgar una mayor
protección a los consumidores en línea.
La Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desarrolló, en 1999,
las Directrices para la Protección de los Consumidores en el Contexto del
Comercio Electrónico. Se trata de una serie de recomendaciones encaminadas a
lograr que los proveedores de bienes y servicios a través de internet cumplan
con las disposiciones de las leyes de protección al consumidor. Así se
garantiza que el consumidor reciba adecuados niveles de protección cuando
realiza sus transacciones comerciales por internet.
4.3.2 Daño y robo a datos
Expresándonos en términos no legales, al hablar de
delitos informáticos nos referimos a aquellas conductas que teniendo como
instrumento o fin computadoras u otros bienes informáticos, lesionan o dañan
bienes, intereses o derechos de personas físicas o morales.
En términos jurídicos, para que exista delito es
necesario un acto u omisión que sancionen las leyes penales, por que una de
las características indispensables del delito es la tipicidad, es decir, que
la conducta esté descrita en un tipo penal, en una ley penal, además de ser
antijurídica, culpable y punible.
Los principales “delitos informáticos” son:
¸ Fraude mediante el uso de la computadora y la
manipulación de la información que éstas contienen. (técnica de salami u
otras)
¸ Acceso no autorizado a sistemas o servicios. (Caballo
de troya, back doors, etc.)
¸ Destrucción de programas o datos
¸ Reproducción no autorizada de programas
informáticos.
¸ Uso no autorizado de programas y de datos.
¸ Intervención de correo electrónico.
¸ Obtención de información que pasa por el medio
(sniffer).
A fin de garantizar la protección de los datos de carácter personal “como uno de los
derechos humanos fundamentales”. La ley es aplicable a los datos de carácter
personal registrados en cualquier soporte físico tanto en el sector público
como el privado, independientemente de su forma de creación, almacenamiento,
tratamiento o uso.
4.3.3
Contratación: derechos y obligaciones
La legislación mexicana se ha visto en la necesidad de
adecuarse a la realidad moderna, reconociendo entre las distintas formas de
contratación, la contratación por medios electrónicos.
De tal manera, el Código Civil Federal reconoce
actualmente en sus artículos 1834 y 1834 Bis que, cuando se exija la forma
escrita para el contrato, los documentos relativos deben ser firmados por
todas las personas a las cuales se imponga esa obligación; supuesto que se
tiene por cumplido mediante la utilización de medios electrónicos, ópticos o
de cualquier otra tecnología, siempre que la información generada o
comunicada en forma íntegra, a través de dichos medios sea atribuible a las
personas obligadas y accesible para su ulterior consulta.
Disposición similar se encuentra en el Código de
Comercio vigente para el caso de los actos, convenios o contratos de
naturaleza mercantil, cuyo requisito de forma escrita se tiene por cumplido tratándose
de Mensaje de Datos, siempre que la información en él contenida se mantenga
íntegra y sea accesible para su ulterior consulta, sin importar el formato en
el que se encuentre o represente.
Cuando adicionalmente la ley exija la firma de las partes, dicho requisito se
tiene por cumplido tratándose de Mensaje de Datos, siempre que éste sea atribuible
a dichas partes, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 93 del
Código de Comercio.
4.3.4
Seguridad privada(criptografía o encriptamiento)
La Criptología se divide en dos ciencias importantes:
la Criptografía y el Criptoanálisis. La Criptografía que proviene del griego
y se puede traducir como " La manera de escribir raro " (Criptos,
extraño; Graphos, escritura). Es una ciencia que se ocupa principalmente de
conseguir que nuestros mensajes sean comprensibles exclusivamente para
aquellos que nosotros deseemos e inteligibles para el resto de la Humanidad,
aplicando para ello procedimientos matemáticos o claves. El texto inicial, el
de partida, recibe el nombre de texto claro. El que resulta de aplicarle el
algoritmo criptográfico, es el texto cifrado.
Es la práctica y estudio del encriptamiento y
descriptamente de codificación de datos, para que así solo pueda ser
decodificada por individuos específicos. La Criptografía trata con todos los
aspectos de la mensajería seguridad, autenticidad, firmas digitales, dinero
electrónico u otras aplicaciones.
Un sistema de encriptamiento y decriptamiento de datos
es un criptosistema. Estos usualmente están involucrados con un algoritmo para
combinar los datos originales (plaintext) con una o mas claves-números (keys
- numbers), o cadenas de caracteres que solo el que lo manda y el que lo
recibe lo conocen. El resultado de este proceso es conocido como texto
cifrado (ciphertext).
Codificando el contenido del mensaje en tal forma que
esconde su contenido de otras personas se llama encriptación. El mensaje
encriptado es llamado ciphertext. El cifrado o encriptamiento y el
desciframiento usan una clave, y el método de codificación es tal, que el
desciframiento solo puede ser ejecutado conociendo la clave apropiada.
4.3.5 Amenazas
potenciales : virus y hackers
Un virus informático es un programa del ordenador, tal
y como podría ser un procesador de textos, una hoja de cálculo o un juego.
Un virus informático ocupa una cantidad mínima de
espacio en disco, se ejecuta sin conocimiento del usuario y se dedica a auto
replicarse, es decir, hace copias de sí mismo e infecta archivos, tablas de
partición o sectores de arranque de los discos duros y disquetes para poder
expandirse lo más rápidamente posible.
En ciertos aspectos es una especie de "burla
tecnológica" hacia la Naturaleza. Mientras el virus se replica intenta
pasar lo más desapercibido que puede, intenta evitar que el
"huésped" se dé cuenta de su presencia... hasta que llega el
momento de la "explosión". Es el momento culminante que marca el
final de la infección y cuando llega suele venir acompañado del formateo del
disco duro, borrado de archivos o mensajes de protesta. No obstante el daño
se ha estado ejerciendo durante todo el proceso de infección, ya que el virus
ha estado ocupando memoria en el ordenador, ha ralentizado los procesos y ha
"engordado" los archivos que ha infectado.
Un hacker se autodefine como una persona que sólo
desea conocer el funcionamiento interno de los sistemas informáticos,
ayudando a mejorarlos en el caso de que detecte fallos en su seguridad.
El hacker dice actuar por el ansia de conocimiento y
el reto de descifrar el funcionamiento interno de los ordenadores y
servidores de Internet. Para un hacker, el objetivo es asaltar los sistemas
de seguridad de los servidores de Internet para llegar hasta su interior,
pero, una vez dentro, no causar ningún daño. A veces, el hacker deja una
señal o "bandera" en el servidor (al estilo de "yo estuve
aquí"), que sirva como prueba de que ha conseguido acceder a él.
El hacker con su actividad permite que los
administradores del sistema vulnerado detecten el acceso al servidor,
ayudándoles así a mejorar la seguridad. Frecuentemente los
"hackers", tras acceder a un sistema, informan a sus propietarios
de los agujeros de seguridad que tiene su servidor, para que nadie
malintencionado (como un cracker) pueda aprovecharse a posteriori de esa
vulnerabilidad.
En los últimos años, los hackers han creado redes de
comunicación entre ellos. Uno de los canales más usados es el IRC (Internet
Relay Chat). Allí los interesados reciben las primeras lecciones, conocen
otras personas para formar grupos e intercambiar información.El IRC es
anónimo. Un aspecto a destacar de la actividad del hacker es que nunca quiere
revelar su verdadera identidad ni tampoco quiere ser rastreado.
Actualmente existen cerca de 30.000 páginas web en la
Internet dedicadas al hacking.
4.3.6
Ética del comercio electrónico
Los miembros de las comunidades en Internet tienen y
se someten en su vida cotidiana a códigos de ética que fundamentalmente se
basan en el respeto al otro. Estos códigos van desde no agredir a personas en
la calle, hasta respetar la privacidad de sus vidas. Ahora bien, si se
entiende que en la vida en comunidad es esencial la ética para asumir
responsabilidad en los actos individuales, entonces en cualquier espacio
donde se den estas relaciones interpersonales se deben aplicar códigos éticos
que fomenten esta responsabilidad y permitan la continua participación activa
de todos los interesados. Según el código de ética en lo referente a la
publicidad enviada mediante mensajes de correo electrónico u otros medios
equivalentes, el Artículo 9 menciona: que no se debe admitir el envío de
publicidad mediante mensajes de correo electrónico u otros medios de
comunicación equivalentes cuando no haya sido autorizado por el destinatario.
En el Artículo 10 se prohíben recoger de forma masiva o indiscriminada
direcciones de correo electrónico en páginas web o servicios online a través
de cualquier tecnología o medios. En el Artículo 11 del código de ética del
comercio electrónico, menciona que no se pueden los grupos de noticias,
tablón de anuncios, foros o charlas para enviar publicidad en línea.
4.4
Transacciones electrónicas
Una transacción electrónica es un proceso mediante el
cual se abonan o debitan fondos de las cuentas de ahorros o corrientes de los
clientes del Banco, por operaciones originadas desde todas las entidades
financieras afiliadas al sistema CENIT o ACH a través de los distintos
canales como son; homebanking, Internet, cajeros automáticos, sistemas de
audio respuesta entre otros.
Debemos señalar que una transacción electrónica no es
más que un contrato celebrado mediante medios electrónicos, a través de la
red. En nuestra legislación el contrato, sea este de cualquier naturaleza, es
el acuerdo de voluntades destinadas a crear, regular, modificar, o extinguir
una relación jurídica patrimonial, entendida esta última como el vínculo
legal de contenido económico que va surgir entre los contratantes.
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lunes, 19 de noviembre de 2012
BITACORA Unidad 4
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